Proyecto Educativo del
Centro (PEC):
◊ Según la LOE, el pec
recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, así como la
concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa.
◊ Los pec deberán hacerse
públicos. Una copia de éste quedará en la secretaría a disposición de toda la
comunidad educativa, y otro ejemplar se les entregará a las asociaciones de
padres y un tercero se remitirá a la inspección educativa.
◊ El Equipo Directivo
elaborará el pec del centro de acuerdo con los criterios establecidos por el
Consejo Escolar y las propuestas realizadas por el Clautro.
◊ El pec, así como las
progresivas modificaciones que se hagan en él, será aprobado y evaluado por el
Consejo Escolar.
◊ La inspección educativa
supervisará el proyecto educativo para comprobar la educación a lo establecido
en las disposiciones vigentes, formulará las sugerencias que estime oportunas e
indicará las correcciones que procedan.
◊
El pec incluirá:
→ La organización general del centro, que se orientará a
la consecución de los fines y el cumplimiento de los principios de la LOE.
→ Los fines y las intenciones educativas del centro de
acuerdo con su propia identidad.
→ Los objetivos del centro para lograr la normalización
lingüística.
→ La educación al contexto del centro de los objetivos
generales de las etapas en él y que se deberán desarrollarse en el proyecto
curricular.
→ El reglamento de régimen interior del centro.
→ La oferta del centro en cuanto a las actividades y
servicios.
→ Las formas de colaboración y participación entre los
distintos sectores de la comunidad educativa.
→ Las formas de colaboración e intercambio cultural con
los servicios sociales y educativos del ayuntamiento y otras instituciones.
→ Las actividades ofertadas por el centro,
(complementarias y extraescolares).
→ La oferta de idiomas.
→ El colegio o instituto de secundaria al que está
adscrito.
→ Las condiciones de utilización de las instalaciones del
centro.
Proyecto Curricular del Centro / Etapa
(PCC)
◊ El PCC es la concreción de
las intenciones educativas del centro y la adaptación, desarrollo y
contextualización del diseño curricular base a la especificidad del propio
centro.
◊ Su elaboración será
supervisado por la comisión de coordinación pedagógica, quién se
responsabilizará de la redacción del mismo para cada una de las etapas
educativas que se impartan en el centro.
◊ Podrán solicitar
asesoramiento a los equipos psicopedagógicos de apoyo y a los asesores de los
CEFOCOP (centros de formación continua del profesorado).
◊ Los proyectos curriculares
de etapa y sus modificaciones anuales serán aprobados por el Claustro de
Profesores.
◊
Elementos incluidos en los PCC:
→ Las directrices generales y las decisiones siguientes:
● La adecuación de los objetivos generales de la
educación infantil y primaria al contexto socioeconómico y cultural del centro
y las características de los alumnos, teniendo en cuenta lo establecido
respecto al uso del gallego en la enseñanza y en las administración educativa,
así como lo establecido en el proyecto educativo del centro.
● Criterios de carácter general de metodología.
● Los procedimientos para evaluar la progresión en el
aprendizaje del alumnado y los criterios para la promoción del ciclo.
● Características y tipo de informes que se utilizarán
para transmitir la información que se derive de la evaluación.
● Orientaciones para incorporar, a través de las
distintas áreas de la educación primaria, la educación moral y cívica, la
educación para la paz, la igual entre los sexos, la educación ambiental,
sexual, para la salud, la educación del consumidor y la vial.
● Criterios y procedimientos para organizar la atención a
la diversidad de los alumnos y criterios para realizar las adaptaciones
curriculares para necesidades especiales.
● Criterios para evaluar y, si es el caso, revisar los
procesos de la enseñanza y la práctica docente de los profesores.
→ El plan de acción tutorial.
→ Las programaciones didácticas de los equipos de ciclo.
◊ El grado de cumplimiento y
desarrollo del PCC del centro será revisado a lo largo del curso por la
comisión de coordinación pedagógico.
La Programación General
Anual (PGA):
◊ Todos los centros
elaborarán la programación general anual del centro durante la primera quincena
del mes de septiembre.
◊ El Equipo Directivo lo
elaborará, teniendo en cuenta las propuestas del Claustro, las directrices del
Consejo Escolar y otras propuestas de la comunidad educativa.
◊ Una vez aprobada, podrán
solicitar una copia en la secretaría del centro para su consulta cualquier
miembro de la comunidad escolar y las autoridades educativas.
◊
Se incluirán los siguientes documentos:
→Objetivos específicos
que el centro se propone conseguir en el curso académico.
→Horarios generales
del centro y criterios pedagógicos para su elaboración.
→Programa anual de
actividades complementarias y extraescolares.
→Documento de
organización del centro, que incluirá la estructura orgánica del centro, la
estadística de principio de curso y las situaciones de las instalaciones.
→Programa anual de
formación del profesorado y organización de los servicios comple.
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